DEFINICIÓN
Proceso por el cual un conflicto de carácter interpersonal,
intergrupal, interorganizacional o internacional de raíces profundas es
resuelto por medios no violentos y de forma relativamente estable, a través,
primero, del análisis e identificación de las causas subyacentes al conflicto,
y, consiguientemente, del establecimiento de las condiciones estructurales en
las que las necesidades e intereses de todas las partes enfrentadas puedan ser
satisfechas simultáneamente.
CARACTERÍSTICAS
La característica común de los procedimientos de resolución
alternativa de controversias es que pueden iniciarse solamente si todos los
implicados lo desean expresamente, habiéndose con tal fin acordado antes o
después del comienzo de la disputa.
En este sentido, resulta mucho más fácil para las partes
tomar la decisión de someterse a este tipo de procedimiento antes de que surja
el conflicto, siendo por otro lado esta modalidad poco apropiada en casos en
los que interviene mala fe en la conducta de una de las partes.
Asimismo, las partes que deciden someterse a arbitraje o
mediación, pueden elegir un árbitro o un mediador experto, con conocimientos y
experiencia consolidados en esta materia, evitando de esta manera la poca
especialización de los tribunales en esta compleja materia.
ASPECTOS IMPORTANTES
En cada situación conflictiva es necesario encontrar un
cierto equilibrio entre respetar al otro e imponer nuestro poder de padres.
Esto, como ya hemos visto, es posible a través del diálogo y la creación de
soluciones alternativas que salvaguarden, por lo menos en parte, los valores en
juego. Cada padre y madre deberá de evaluar, en la situación particular, qué
peso dar a factores como:
- La edad del niño.
- Su temperamento y su carácter.
- La importancia del asunto en cuestión.
- El potencial de crecimiento en juego.
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